titulo.: Supuesto Práctico Oficial Subalterno Ordenanza Conserje de Entidades Locales [ Ayuntamientos, Diputaciones,... ]
autor.: Invitad@
Remitido el 22-03-23 a
las 04-23-12
Soluciones
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a) No La carta es hasta 2 kilógramos.
b) No El coste adicional es a partir de 140 carácteres
c) No Se debe corresponder la etiqueta
titulo.: Supuesto Práctico Oficial Subalterno Ordenanza Conserje de Entidades Locales [ Ayuntamientos, Diputaciones,... ]
a) ¿Es correcto el tratamiento del envÃo postal de la primera pregunta como carta ordinaria?
No, no es correcto. Según la normativa de Correos, una carta ordinaria tiene un lÃmite de peso que generalmente se sitúa en los 2 kilogramos. Un envÃo de 2 kilos y 200 gramos excede este lÃmite. Por lo tanto, este envÃo deberÃa haberse tramitado como un paquete postal y no como una carta ordinaria, lo que implicarÃa unas tarifas y un tratamiento diferente.
b) ¿Conllevará un coste adicional la comunicación a la que nos referimos en la letra b) teniendo en cuenta el número de caracteres?
SÃ, conllevará un coste adicional. Cuando se realiza un giro postal nacional y se adjunta una comunicación privada, Correos aplica una tarifa adicional por este añadido. Aunque el número de caracteres (126) no excede los lÃmites establecidos para este tipo de comunicaciones (generalmente un número superior de caracteres sà implicarÃa pasar a otro tipo de envÃo), el simple hecho de adjuntar un texto a un giro ya supone un coste extra sobre la tarifa del propio giro.
c) ¿Se hace lo correcto en la tramitación del envÃo certificado?
No, no se hace lo correcto. Para que un envÃo sea considerado y tratado como certificado, no basta con consignar la palabra "CERTIFICADO" en el sobre. Es imprescindible adherir la etiqueta oficial de envÃo certificado que proporciona Correos en el ángulo superior izquierdo del reverso del sobre. Esta etiqueta contiene un código de barras y un número de seguimiento únicos que permiten rastrear el envÃo y acreditan su depósito y entrega. Sin esta etiqueta, el envÃo se tramitará como correo ordinario, sin las garantÃas y el seguimiento propios del certificado.
Espero que esta aclaración te sea de utilidad. ¡Cualquier otra duda, no dudes en consultarme!
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