1.- En relación con la tercería de
dominio, ha de afirmarse que:
a) Tan sólo podrá interponerla, en
forma de demanda, quien, siendo parte en la ejecución, afirme ser dueño de un
bien embargado como perteneciente al ejecutado y que no ha adquirido de éste una
vez trabado el embargo.
b) La admisión de la demanda de
tercería no suspenderá, en ningún caso, la ejecución.
c) La admisión de una tercería de dominio será razón suficiente para que el
Letrado de la Administración de Justicia, de oficio, ordene, mediante decreto,
la mejora del embargo.
d) La tercería de dominio, que habrá de interponerse ante el Letrado de la
Administración de Justicia responsable de la ejecución, se resolverá por el
Tribunal que dictó la orden general y despacho de la misma y se sustanciará por
los trámites previstos para el juicio verbal.
2.- Cuando el inmueble cuya posesión se deba entregar, en la ejecución por el
deber de entregar cosas, fuera vivienda habitual del ejecutado o de quienes de
él dependan:
a) el Letrado de la Administración
de Justicia les dará un plazo de un mes para desalojarlo. De existir motivo
fundado, podrá prorrogarse dicho plazo un mes más.
b) el Letrado de la Administración de Justicia les dará un plazo improrrogable
de un mes para desalojarlo.
c) el Letrado de la Administración de Justicia les dará un plazo de dos meses
para desalojarlo. De existir motivo fundado, podrá prorrogarse dicho plazo un
mes más.
d) el Letrado de la Administración de Justicia les dará un plazo improrrogable
de dos meses para desalojarlo.
3.- Si alguno de los interesados
en el procedimiento general de Jurisdicción voluntaria fuera a formular
oposición:
a) deberá hacerlo en los cinco
días siguientes a su citación, y no se hará contencioso el expediente, ni
impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley
expresamente lo prevea.
b) deberá hacerlo en los diez días siguientes a su citación, y no se hará
contencioso el expediente, ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea
resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea.
c) deberá hacerlo en los cinco días siguientes a su citación, y se hará
automáticamente contencioso, en todo caso, el expediente.
d) deberá hacerlo en los diez días siguientes a su citación, y se hará
automáticamente contencioso, en todo caso, el expediente.
4.- Indique cuál de las siguientes opciones es correcta:
a) El concepto de víctima previsto
en la Ley 4/2015 incluye como víctima indirecta al tercero que ha sufrido
perjuicios derivados del delito.
b) Los derechos reconocidos a la víctima en la Ley 4/2015 se extenderán solo
hasta la conclusión del proceso penal.
c) La víctima recibirá, en todo caso, información relativa a la situación en que
se encuentra el procedimiento.
d) Durante la práctica de aquellas diligencias en las que deban intervenir, las
víctimas pueden estar acompañadas, como regla general, además de por su
representante procesal y en su caso el representante legal, por una persona de
su elección.
5.- La orden de protección del artículo 544.ter de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal:
a) no se puede acordar de oficio,
es necesario que lo solicite alguna de las partes.
b) sólo puede solicitarla el Ministerio Fiscal cuando existan indicios de la
comisión de un delito previsto en el artículo 57 del Código Penal.
c) es necesaria solicitud de la víctima o de sus familiares
d) puede acordarla el Juez de oficio cuando existan indicios de la comisión de
un delito previsto en el artículo 57 del Código Penal y resulte una situación
objetiva de riesgo para la víctima.
6.- La revocación del auto de conclusión del sumario provoca:
a) que se deje sin efecto, en todo
caso, el auto de procesamiento.
b) que se devuelvan las actuaciones al instructor para la práctica de
diligencias
c) que pasen los autos al Magistrado ponente
d) que se inicie el plazo para que las partes acusadoras formulen escrito de
acusación.
7.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 714 y 730 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, podrá pedirse la lectura en el acto de juicio oral:
a) de las declaraciones prestadas
en fase de investigación por testigos o peritos, a voluntad de éstos, cuando no
deseen comparecer en el acto de juicio.
b) de las declaraciones prestadas en fase policial por víctimas menores de edad
o con discapacidad necesitadas de especial protección, a voluntad de éstas.
c) de las diligencias sumariales que por causas independientes a la voluntad de
las partes no puedan ser reproducidas en el juicio oral.
d) únicamente podrá pedirse la
lectura de la prueba documental.
8.- Si en el trámite de fase intermedia, el Ministerio Fiscal solicita el
sobreseimiento de la causa:
a) el Juez de Instrucción podrá
remitir la causa al superior jerárquico del Fiscal para que resuelva si procede
o no sostener la acusación, en caso de que no se hubiera personado acusador
particular dispuesto a sostener la acusación.
b) el Juez de Instrucción pondrá en conocimiento de los directamente ofendidos o
perjudicados conocidos, no personados, tal pretensión, pero sin posibilidad de
que comparezcan en la causa al haber precluído el plazo para su personación.
c) el Juez de Instrucción deberá acordar el sobreseimiento que proceda, sin
perjuicio de resolver sobre el fondo de la acción civil, si hubiere autor
conocido.
d) el Juez de Instrucción podrá, no obstante, mantener las medidas cautelares
acordadas, por si procediera la ulterior reapertura de la causa.
9.- Señale la opción incorrecta. El recurso de casación puede interponerse
contra:
a) sentencias dictadas en primera
instancia por las Audiencias Provinciales.
b) autos de sobreseimiento libre dictados por las Audiencias Provinciales en
primera instancia o en apelación en los casos y con los requisitos establecidos
en la ley procesal.
c) sentencias dictadas en única instancia o en apelación por la Sala de lo Civil
y lo Penal de los Tribunales Superiores de Justicia.
d) sentencias dictadas por la Sala
de Apelación de la Audiencia Nacional.
10.- Con arreglo a la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento
mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, la emisión de una orden de
detención europea para el cumplimiento de una condena está prevista para:
a) el cumplimiento de una pena de
prisión superior a dos años.
b) no cabe dictar orden de detención europea para el cumplimiento de la pena,
pues debe acudirse al Convenio Europeo sobre Traslado de Personas Condenadas.
c) el cumplimiento de una pena o medida de seguridad no inferior a cuatro meses
de privación de libertad, siempre que no sea posible la sustitución ni la
suspensión de la pena.
d) para cualquier medida de internamiento de un menor.