1.- No se puede despachar
ejecución de:
a) los laudos o resoluciones
arbitrales.
b) las resoluciones judiciales que homologuen transacciones judiciales.
c) las sentencias meramente declarativas.
d) las escrituras públicas si es primera copia.
2.- En los supuestos de ejecución
sobre bienes hipotecados o pignorados:
a) siempre es necesario que en el
auto por el que se autorice y despache la ejecución se requiera de pago al
deudor y en su caso alhipotecante no deudor o al tercer poseedor contra quienes
se hubiere dirigido la demanda.
b) cuando los bienes hipotecados sean inmuebles, el deudor y el hipotecante no
deudor no pueden en ningún caso modificar eldomicilio que hubiesen designado
para la práctica de requerimientos y notificaciones.
c) el ejecutado puede oponer cualquier motivo de oposición a la ejecución
hipotecaria porque legalmente no regula una lista cerradade causas de oposición.
d) el procedimiento de ejecución hipotecaria puede suspenderse por
prejudicialidad penal cuando se acredite que se encuentrapendiente causa
criminal en la que se investigan hechos de apariencia delictiva que determinen
la falsedad del título.
3.- Cuál de las siguientes
afirmaciones es cierta:
a) La competencia territorial para
conocer de los expedientes de jurisdicción voluntaria se establece con carácter
imperativo.
b) El impulso y dirección de los expedientes de jurisdicción voluntaria
corresponde al Juez.
c) El Ministerio Fiscal carece de legitimación activa para iniciar un expediente
de jurisdicción voluntaria.
d) Para la tramitación de los expedientes de jurisdicción voluntaria no se
requiere en ningún caso la intervención de Abogado yProcurador.
4.- La competencia territorial
para instruir causas por delitos atribuidos al Juez de Violencia sobre la Mujer,
viene determinada por:
a) el lugar en el que la víctima
presenta la denuncia.
b) el lugar de domicilio de la víctima, sin perjuicio de la adopción de la orden
de protección u otras medidas urgentes por el juez dellugar de comisión.
c) el lugar de comisión del delito en todo caso.
d) el lugar del domicilio de la víctima, en todo caso.
5.- La duración de la instrucción
declarada compleja será de:
a) 18 meses prorrogables por igual
o inferior plazo, a instancia de cualquiera de las partes personadas.
b) 18 meses prorrogables por el plazo máximo que el Instructor fije a exclusiva
instancia del Fiscal. c) 18 meses improrrogables.
d) 18 meses prorrogables por igual o inferior plazo a instancia del Fiscal, y
excepcionalmente además, hasta un nuevo plazo máximo que el Instructor fije a
instancia de cualquiera de las partes personadas.
6.- Siendo el Fiscal única parte
acusadora en el procedimiento ordinario, si el Tribunal considerase improcedente
la petición de sobreseimiento de cualquier clase:
a) deberá acordarlo en todo caso.
b) podrá limitarse a acordarlo con carácter provisional.
c) podrá dirigirse, previamente, al Fiscal superior que corresponda para que
resuelva si procede o no sostener la acusación.
d) podrá desestimar la petición del Fiscal, ordenando deducción de testimonio de
lo actuado al Juzgado de Guardia.
7.- Contra el auto que admita o
rechace las pruebas propuestas para el juicio oral en el procedimiento
abreviado:
a) cabe recurso de reforma o
súplica según hubiera sido dictado por Juez o Tribunal.
b) cabe recurso de apelación ante el órgano superior respectivo.
c) cabe recurso de queja.
d) no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la posibilidad de repetir la
petición denegada al inicio de las sesiones de juicio oral.
8.- El sobreseimiento por razones
de oportunidad en el procedimiento para el juicio por delitos leves, a instancia
del Fiscal, procederá cuando:
a) el delito leve sea de escasa
entidad y el denunciado no hubiera sido anteriormente condenado por delito leve.
b) el delito leve sea de escasa gravedad y el denunciado hubiera ofrecido
reparación del daño causado.
c) el delito leve denunciado fuera de muy escasa gravedad y no exista un interés
público relevante en su persecución.
d) el hecho denunciado no revistiere caracteres de delito leve o no hubiere
razones suficientes para imputarlo a persona determinada.
9.- Los documentos que pueden
fundar el error en la apreciación de la prueba como motivo de casación penal
son:
a) solo los documentos auténticos
que obren en autos.
b) cualesquiera documentos hábiles para demostrar la equivocación del juzgador.
c) solo los documentos aportados al acto del juicio oral que pudieron ser
valorados por el Tribunal sentenciador.
d) solo los documentos que obren en autos y demuestren la equivocación del
juzgador sin resultar contradichos por otros elementosprobatorios.
10.- En España respecto de las
órdenes europeas de investigación emitidas por autoridades competentes de otros
Estados de la Unión Europea es autoridad competente:
a) el Juez o Tribunal que en cada
caso sea homólogo de la autoridad que emite la orden europea de investigación.
b) el Ministerio Fiscal para recibir, registrar, conocer del reconocimiento y
ejecutar en todo caso la orden europea de investigación.
c) el Ministerio Fiscal para recibir, registrar, conocer y ejecutar la orden,
salvo que, por contener medidas limitativas de derechosfundamentales e
insustituibles, la autoridad competente para reconocer y ejecutar deba ser la
autoridad judicial.
d) el Ministerio Fiscal es autoridad competente en todo caso y solo para la
recepción de la orden y el Juez de Instrucción o en su caso,el de Menores, del
lugar en que deban practicarse las diligencias, son autoridad competente para su
conocimiento y ejecución.