1.- DE ACUERDO CON EL
ARTÍCULO 73 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, SON
DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS:
a) El cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente en el ejercicio de sus
funciones.
b) El desempeño ineficaz de las funciones que tenga encomendadas y el servicio
parcial y subjetivo a los intereses generales.
c) La cooperación y el trato correcto en relación con sus superiores y el
incumplimiento de las instrucciones emanadas de los mismos.
d) La cooperación y el trato correcto con sus superiores, facilitando a éstos el
desempeño de sus tareas y el incumplimiento de sus obligaciones.
2.- DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 74 DE LA LEY 6/1989, DE 6
DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA:
a) Los funcionarios vendrán obligados a observar estrictamente el régimen de
incompatibilidades establecido en la legislación vigente.
b) Podrán desempeñar un segundo puesto de trabajo o actividad en el sector
público o privado sin la previa y expresa autorización de compatibilidad.
c) En ningún caso los funcionarios podrán desempeñar un segundo puesto de
trabajo o actividad en el sector público o privado.
d) En todo caso los funcionarios podrán desempeñar un segundo puesto de trabajo
o actividad en el sector público o privado.
3.- DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 77 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA
FUNCIÓN PÚBLICA VASCA:
a) Las retribuciones de los funcionarios se dividen en básicas y
complementarias.
b) Las retribuciones de los funcionarios se dividen en básicas, complementarias
y pagas extraordinarias.
c) Las retribuciones de los funcionarios se dividen en salario base y
complementos.
d) Ninguna de las anteriores es correcta.
4.- DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA
FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, SON RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS:
a) el complemento de destino correspondiente al nivel de puesto que se
desempeñe, cuya cuantía se fijará anualmente en los Presupuestos Generales de la
ComunidadAutónoma.
b) el complemento específico, que será único para cada puesto de trabajo que lo
tenga asignado, retribuirá las condiciones de especial dificultad técnica,
dedicación, responsabilidad, incompatibilidad, peligrosidad o penosidad.
c) el complemento de productividad, destinado a retribuir el especial
rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa con que el
funcionario desempeña su puesto de trabajo.
d) Todas las anteriores son correctas.
5.- DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 77 DE LA LEY 6/1989 DE 6
DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, LOS FUNCIONARIOS:
a) solo podrán ser remunerados por los conceptos retributivos previstos en dicha
ley.
b) podrán ser remunerados por los conceptos retributivos previstos en dicha ley
y otros complementarios.
c) podrán ser remunerados por los conceptos retributivos que se estimen justos.
d) todas las anteriores son correctas.
6.- DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 75 DE LA LEY 6/1989, DE 6
DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, LOS FUNCIONARIOS:
a) No son responsables de las funciones que tengan encomendadas.
b) Son responsables de las funciones que tengan encomendadas.
c) Son responsables de las funciones que no tengan encomendadas.
d) Todas las anteriores son falsas.
7.- DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 73 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA
FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, SON DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS:
a) el trato correcto con los administrados, facilitándoles el máximo de ayuda en
la gestión de sus asuntos ante la Administración.
b) mantener la debida reserva respecto a los asuntos de que tenga conocimiento
por razón de sus funciones, y especialmente en relación con los asuntos
declarados por ley secretos o reservados.
c) cumplir estrictamente la jornada y el horario de trabajo establecido.
d) todas las anteriores son correctas.
8.- DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 82 DE LA LEY 6/1989, DE 6
DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA:
a) El cumplimiento de las obligaciones y deberes propios de los funcionarios
constituirá falta.
b) El incumplimiento de las obligaciones y deberes propios de los funcionarios
constituirá falta.
c) El incumplimiento de las obligaciones y deberes propios de los funcionarios
no constituirá falta.
d) Todas las anteriores son falsas.
9.- DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 73 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE
JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, SON DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS:
a) Conocer y no acceder a su expediente individual.
b) El no ejercicio de los derechos y las libertades sindicales.
c) El desempeño eficaz de las funciones que tenga encomendadas y el servicio
imparcial y objetivo a los intereses generales.
d) Todas las anteriores son correctas.
10.- DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 78 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE
JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, SON RETRIBUCIONES BÁSICAS:
a) El sueldo y las pagas extraordinarias.
b) Los trienios.
c) Las gratificaciones por servicios extraordinarios prestados fuera de la
jornada normal de trabajo.
d) Las respuestas a) y b) son correctas.