1.- El que por imprudencia
grave cause a otro una lesión que no requiera objetivamente para su sanidad de
un tratamiento médico o quirúrgico:
a) será castigado como autor de un delito de lesiones por imprudencia grave
tipificado en el artículo 152.1 del Código Penal.
b) será castigado como autor de un delito leve de lesiones tipificado en el
artículo 147.2 del Código Penal.
c) es una conducta penalmente atípica.
d) es una conducta que solo será perseguible mediante denuncia de la persona
agraviada o de su representante legal.
2.- Las amenazas de carácter leve cometidas contra quien sea o haya sido
esposa, o mujer que esté o haya estado ligada al autor por una análoga relación
de afectividad aun sin convivencia:
a) se pueden sancionar con pena inferior en grado, en atención a las
circunstancias personales del autor y a las concurrentes en la realización del
hecho.
b) solo se sancionan previa denuncia de la persona agraviada o de su
representante legal.
c) solo se sancionan si se cometen con armas u otros instrumentos peligrosos.
d) solo se sancionan si se producen en el domicilio común o en el de la víctima.
3.- El delito de violación está definido en el artículo 179 del Código Penal
de la siguiente forma:
a) cuando sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare
actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona.
b) cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o
bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos
primeras vías.
c) cuando con fines sexuales, determine a un menor de dieciséis años a
participar en un comportamiento de naturaleza sexual, o le haga presenciar actos
de carácter sexual, aunque el autor no participe en ellos.
d) cuando a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de
la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y
realice actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico
o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un
menor.
4.- En el delito de abuso sexual:
a) se sancionan las conductas que se ejecuten con violencia o intimidación.
b) solo se sancionan las conductas que consistan en acceso carnal por vía
vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por
alguna de las dos primeras vías.
c) se impondrá una pena agravada cuando concurran las circunstancias 3ª o 4ª del
artículo 180.1 del Código Penal.
d) no se presume la falta de consentimiento en ningún caso.
5.- Comete el delito de allanamiento informático previsto en el artículo 197
bis del Código Penal:
a) el que modifique, sin estar autorizado, datos de carácter personal
registrados en un fichero.
b) el que sin estar debidamente autorizado y vulnerando los sistemas de
seguridad acceda o facilite a otro el acceso al conjunto o a una parte de un
sistema informático.
c) el que se apodere de los mensajes de correo electrónico de otra persona sin
su consentimiento.
d) el que difunda sin autorización de la víctima imágenes obtenidas en privado
con la anuencia de la misma.
6.- El delito de sustitución de un niño por otro:
a) solo puede cometerse dolosamente.
b) solo pueden cometerlo los progenitores.
c) solo pueden cometerlo los médicos.
d) admite la comisión por imprudencia grave de los responsables del centro
sanitario donde tenga lugar.
7.- NO constituye modalidad agravada del delito de estafa, de entre las
reguladas en el artículo 250 del Código Penal, la siguiente:
a) el valor de la defraudación supere los 10.000 euros.
b) revista especial gravedad, atendiendo a la entidad del perjuicio y a la
situación económica en que deje a la víctima o a su familia.
c) el valor de la defraudación supere los 50.000 euros, o afecte a un elevado
número de personas.
d) se cometa con abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y
defraudador, o aproveche éste su credibilidad empresarial o profesional.
8.- Cual de las siguientes conductas está tipificada como delito de daños
(Capítulo IX Título XIII):
a) Causar daños por imprudencia menos grave en cuantía superior a 80.000 euros.
b) Facilitar a terceros, sin estar debidamente autorizado, un código de acceso
que permita acceder a la totalidad de un sistema de información, con la
intención de facilitar la comisión de un delito de estafa.
c) Borrar, en cualquier caso, por cualquier medio y sin autorización documentos
electrónicos ajenos.
d) Inutilizar para el servicio, de forma temporal, medios de transporte
afectados al servicio de la Guardia Civil, si el daño causado excediera de 1000
euros.
9.- En el delito de blanqueo de capitales del artículo 301 del Código Penal,
estos deben proceder:
a) exclusivamente de cualquier hecho delictivo ejecutado por el autor.
b) de cualquier hecho delictivo cometido por el autor o por un tercero.
c) de cualquier hecho ilícito, salvo del que haya sido ejecutado en el
extranjero.
d) sólo de delitos de tráfico de drogas.
10.- En los delitos contra la Hacienda Pública, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 305.6 del Código Penal, los tribunales podrán imponer
la pena inferior en uno o dos grados al autor cuando pague la deuda y reconozca
los hechos:
a) antes de conocer el inicio de las actuaciones de inspección y comprobación
por parte de la Agencia Tributaria.
b) en cualquier momento anterior a la presentación del escrito de acusación por
el Ministerio Fiscal.
c) antes de que transcurran dos meses desde la citación judicial como imputado.
d) dentro de los seis meses siguientes a la presentación de la denuncia o
querella.