1.- ¿Cuál de las siguientes
circunstancias NO se encuentra prevista en la Ley Orgánica del Poder Judicial
como causa de abstención y, en su caso, de recusación de jueces o magistrados?
a) El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por
consanguinidad o afinidad dentro del cuarto grado con las partes o el
representante del Ministerio Fiscal.
b) El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por
consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con el letrado o el
procurador de cualquiera de las partes que intervengan en el pleito o causa.
c) El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por
consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con cualquiera de los peritos
o testigos propuestos por las partes.
d) Haber ocupado el juez o magistrado cargo público o administrativo con ocasión
del cual haya podido tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio
en detrimento de la debida imparcialidad.
2.- A propósito del tiempo de las actuaciones judiciales:
a) los Tribunales no podrán habilitar, en ningún caso, días y horas inhábiles.
b) los Tribunales podrán habilitar días y horas inhábiles solo de oficio y
cuando hubiere causa urgente que lo exija.
c) los Tribunales podrán habilitar días y horas inhábiles solo a instancia de
parte y cuando hubiere causa urgente que lo exija.
d) los Tribunales podrán habilitar días y horas inhábiles de oficio o a
instancia de parte cuando hubiere causa urgente que lo exija.
3.- Mediante la declinatoria, el demandado y los que puedan ser parte
legítima en el juicio promovido podrán denunciar:
a) la falta de jurisdicción y la falta de competencia de todo tipo.
b) exclusivamente la falta de jurisdicción.
c) exclusivamente la falta de competencia objetiva y funcional.
d) exclusivamente la falta de competencia territorial.
4.- A propósito de la “acumulación de acciones”, marque la única opción
correcta:
a) El actor podrá acumular en la demanda cuántas acciones le competan contra el
demandado, única y exclusivamente cuando provengan del mismo título y no sean
incompatibles entre sí.
b) El actor podrá acumular en la demanda cuantas acciones le competan contra el
demandado, aunque provengan de diferentes títulos, siempre que aquéllas no sean
incompatibles entre sí.
c) Se entenderá que el título o causa de pedir es idéntico o conexo cuando las
acciones se funden en los mismos hechos y en los mismos fundamentos de derecho.
d) Se entenderá que el título o causa de pedir es idéntico o conexo cuando las
acciones se funden en los mismos fundamentos de derecho.
5.- Identifique la respuesta incorrecta en relación con el acto del juicio en
el juicio ordinario:
a) No será necesario citar para el juicio a las partes que, por sí o por medio
de su procurador, hayan comparecido a la audiencia previa.
b) Si no compareciere en el juicio ninguna de las partes, se levantará acta
haciéndolo constar y el tribunal, sin más trámites, dictará auto de
sobreseimiento del proceso, ordenando el archivo de las actuaciones.
c) Practicadas las pruebas, las partes formularán oralmente sus conclusiones
sobre los hechos controvertidos y podrán informar sobre los argumentos jurídicos
en que se apoyen sus pretensiones, sin alterarlas en ese momento.
d) Si el tribunal no se considerase suficientemente ilustrado sobre el caso con
las conclusiones e informes de las partes, podrá concederles la palabra cuantas
veces estime necesario para que informen sobre las cuestiones que les indique.
6.- Marque la única opción correcta:
a) El demandante podrá desistir unilateralmente del juicio antes de que el
demandado sea emplazado para contestar a la demanda o citado para juicio.
También podrá desistir unilateralmente, en cualquier momento, cuando el
demandado se encontrare en rebeldía.
b) Cuando el actor manifieste su renuncia a la acción ejercitada o al derecho en
que funde su pretensión, el Letrado de la Administración de Justicia dictará
decreto, salvo que la renuncia fuese legalmente inadmisible, en cuyo caso dará
traslado al Juez para que dicte auto mandando seguir el proceso adelante.
c) Cuando el demandado se allane a todas las pretensiones del actor, el Letrado
de la Administración de Justicia dictará decreto de acuerdo con lo solicitado
por éste, pero si el allanamiento se hiciera en fraude de ley o supusiera
renuncia contra el interés general o perjuicio de tercero, lo remitirá al Juez
para que dicte auto rechazándolo y seguirá el proceso adelante.
d) Cuando, por circunstancias sobrevenidas a la demanda y a la reconvención,
dejare de haber interés legítimo en obtener la tutela judicial pretendida, se
pondrá de manifiesto esta circunstancia y, si hubiere acuerdo de las partes, se
declarará, por el Juez, mediante auto, la terminación del proceso, sin que
proceda condena en costas.
7.- Las demandas que pretendan la tutela del derecho al honor, a la intimidad
y a la propia imagen, se decidirán:
a) en juicio verbal cualquiera que sea su cuantía.
b) en juicio ordinario cualquiera que sea su cuantía.
c) en juicio ordinario cuando la cuantía de su objeto litigioso sea igual o
superior a 6000 euros y en juicio verbal cuando sea inferior a dicha cantidad.
d) en juicio sumario.
8.- Identifique cuál de los siguientes trámites NO es correcto en el
procedimiento establecido para la tramitación de las peticiones de separación o
divorcio presentadas de común acuerdo por ambos cónyuges o por uno con el
consentimiento del otro:
a) Entre los documentos que deberán acompañar al escrito por el que se promueva
el procedimiento ha de estar la propuesta de convenio regulador.
b) Admitida la solicitud de separación o divorcio, el Letrado de la
Administración de Justicia concederá a los cónyuges un plazo de cinco días para
que ratifiquen por escrito su petición.
c) Si hubiera hijos menores o incapacitados, el Tribunal recabará informe del
Ministerio Fiscal sobre los términos del convenio relativos a los hijos.
d) La sentencia o el auto que aprueben en su totalidad la propuesta de convenio
sólo podrán ser recurridos, en interés de los hijos menores o incapacitados, por
el Ministerio Fiscal.
9.- Marque, de entre las propuestas, la práctica de la prueba que se puede
pedir, según el artículo 460.2 de LEC, en el escrito de interposición del
recurso de apelación:
a) La que hubiere sido indebidamente denegada en la primera instancia, siempre
que se hubiere intentado la reposición de la resolución denegatoria o se hubiere
formulado la oportuna protesta en la vista.
b) La propuesta y admitida en la primera instancia que, por cualquier causa no
imputable al que las hubiere solicitado tan sólo hubiere podido practicarse como
prueba anticipada.
c) La propuesta y admitida en la primera instancia que, por cualquier causa no
imputable al que las hubiere solicitado, tan sólo hubiere podido practicarse
como diligencia final.
d) La que se refiera a hechos de relevancia para la decisión del pleito
ocurridos después del comienzo del plazo para practicar la prueba en la primera
instancia o antes de dicho término siempre que, en este último caso, la parte
justifique que ha tenido conocimiento de ellos con posterioridad.
10.- ¿Cuáles de las siguientes sentencias dictadas por las Audiencias
Provinciales NO son recurribles en casación?
a) Las dictadas en segunda instancia para la tutela judicial civil de derechos
fundamentales, excepto los que reconoce el artículo 24 de la Constitución.
b) Las sentencias dictadas o que debieron dictarse por un único magistrado, por
no actuar la Audiencia Provincial en tales casos como órgano colegiado.
c) Las dictadas en segunda instancia siempre que la cuantía del proceso
excediere de 600.000 euros.
d) Las dictadas en segunda instancia cuando la cuantía del proceso no excediere
de 600.000 euros o este se haya tramitado por razón de la materia, siempre que,
en ambos casos, la resolución del recurso presente interés casacional.