1: ¿Cuál es el concepto legal
de posesión según el artículo 430 del Código Civil?
a) Solo el dominio o derecho real sobre una cosa.
b) El poder de hecho ejercido sobre una cosa con ánimo de dueño o de titular de
otro derecho real, aunque no se tenga título.
c) La mera tenencia material de una cosa sin intención de señorío.
d) Exclusivamente la detentación por cuenta ajena.
2: ¿Cuáles son las clases principales de posesión reconocidas en el Código
Civil?
a) Solo posesión de buena fe y de mala fe.
b) Posesión en concepto de dueño y en concepto de titular de otro derecho; de
buena fe y de mala fe; natural y civil; mediata e inmediata.
c) Posesión pública, oculta y clandestina exclusivamente.
d) Posesión provisional y definitiva.
3: ¿Cómo se adquiere principalmente la posesión según el artículo 438 del
Código Civil?
a) Solo por tradición instrumental.
b) Por la tradición material (aprehensión) o por tradición simbólica, siempre
que concurra el corpus (elemento material) y el animus (intención de señor y
dueño).
c) Automáticamente por el transcurso del tiempo.
d) Exclusivamente mediante contrato escrito.
4: ¿Qué se requiere para la conservación de la posesión?
a) La tenencia material ininterrumpida.
b) Basta el ánimo de poseer, aunque se pierda la tenencia material (posesión
civil), o la continuidad de la relación de hecho.
c) Renovación anual ante notario.
d) Solo la inscripción registral.
5: ¿Cuáles son las causas principales de pérdida de la posesión según el
artículo 460 del Código Civil?
a) Solo el abandono voluntario.
b) El abandono, la destrucción o pérdida total de la cosa, la posesión de otro
(incluso contra la voluntad del anterior poseedor si es por más de un año) y la
tradición a otro.
c) La mera ausencia temporal del poseedor.
d) Exclusivamente la sentencia judicial firme.
6: ¿Cuál es uno de los efectos principales de la posesión durante su
ejercicio respecto a los frutos?
a) El poseedor de mala fe nunca percibe frutos.
b) El poseedor de buena fe hace suyos los frutos naturales y civiles percibidos,
mientras que el de mala fe debe restituirlos con los del poseedor de buena fe.
c) Todos los poseedores deben entregar frutos al dueño.
d) Los frutos pertenecen siempre al Estado.
7: ¿Qué efecto produce la posesión al cesar respecto a las mejoras y gastos?
a) El poseedor siempre tiene derecho a indemnización total.
b) El de buena fe tiene derecho a los gastos necesarios y a retirar mejoras
útiles si no dañan la cosa; el de mala fe solo a gastos necesarios.
c) Ningún poseedor tiene derecho a indemnización.
d) Solo el poseedor de mala fe puede retirar mejoras.
8: ¿Qué presunciones establece el Código Civil a favor del poseedor durante
su ejercicio?
a) Ninguna presunción legal.
b) Se presume la posesión continuada, en concepto de dueño, pacífica, pública y
de buena fe (arts. 434, 436, 437 CC).
c) Se presume siempre mala fe.
d) Solo se presume posesión mediata.
9: ¿Cuáles son las acciones principales para la tutela posesoria
(interdictos)?
a) Solo la acción publiciana.
b) Los interdictos de retener (para conservar la posesión) y de recobrar (para
recuperar la posesión perdida), además de las acciones por despojo violento o
clandestino dentro del año.
c) Exclusivamente la acción reivindicatoria.
d) Las acciones penales por usurpación.
10: ¿Cuál es el plazo para ejercer las acciones posesorias sumarias
(interdictos)?
a) 30 años como la usucapión.
b) Un año desde el acto de despojo o turbación, para las acciones posesorias
especiales; las ordinarias no prescriben mientras dure la posesión.
c) 10 años improrrogables.
d) No prescriben nunca.