1.- Según el artículo 1261 del
Código Civil, ¿cuáles son los requisitos esenciales para que exista un contrato?
a) Consentimiento, objeto, causa y forma solemne.
b) Consentimiento, objeto cierto y causa de la obligación.
c) Consentimiento, precio y entrega inmediata.
d) Solo el consentimiento y la capacidad de las partes.
2.- ¿Cuáles son los requisitos principales que debe cumplir el objeto del
contrato para ser válido (arts. 1271-1273 CC)?
a) Ser siempre una cosa presente, determinada en cantidad y de valor superior a
100 euros.
b) Ser posible (física y jurídicamente), lícito y determinado o determinable en
especie.
c) Ser exclusivamente servicios personales y no cosas futuras.
d) Estar siempre fuera del comercio de los hombres.
3.- De acuerdo con el artículo 1272 CC, ¿qué ocurre si el objeto del contrato
es imposible?
a) El contrato es anulable a petición de una parte.
b) No podrá ser objeto de contrato.
c) Se presume lícito si las partes lo ignoraban.
d) Solo afecta a la causa, no al objeto.
4.- Según el artículo 1273 CC, respecto a la determinación del objeto:
a) Debe ser siempre determinada en cantidad exacta desde el inicio.
b) La indeterminación en la cantidad no obstará a la existencia del contrato si
puede determinarse sin nuevo acuerdo.
c) Solo es válido si es una cosa presente y no futura.
d) Requiere siempre intervención judicial para determinarse.
5.- ¿Qué establece el artículo 1274 CC sobre la causa en los diferentes tipos
de contratos?
a) La causa es siempre la mera liberalidad en todos los contratos.
b) En onerosos: la prestación de la otra parte; en remuneratorios: el beneficio
remunerado; en beneficencia: la liberalidad.
c) La causa debe expresarse siempre por escrito.
d) No distingue entre tipos de contratos.
6.- Según el artículo 1275 CC, ¿qué sucede con los contratos sin causa o con
causa ilícita?
a) Son anulables si una parte lo solicita.
b) Producen efectos parciales.
c) No producen efecto alguno, ya que la causa ilícita se opone a leyes o moral.
d) Se presumen válidos hasta prueba en contrario.
7.- El artículo 1277 CC establece una presunción respecto a la causa:
a) Se presume siempre ilícita si no se expresa.
b) Aunque no se exprese, se presume que existe y es lícita.
c) Debe probarse siempre por la parte que alega el contrato.
d) Solo aplica a contratos onerosos.
8.- En cuanto a la forma de los contratos, ¿qué principio general consagra el
artículo 1278 CC?
a) Todos los contratos requieren forma escrita pública.
b) Los contratos son obligatorios cualquiera que sea la forma en que se
celebren, siempre que concurran los elementos esenciales.
c) La forma verbal solo vale para contratos inferiores a 500 euros.
d) La forma es un elemento esencial en todos los casos.
9.- Según el artículo 1279 CC, cuando la ley exige una forma especial (como
escritura pública):
a) El contrato es nulo si no se cumple desde el inicio.
b) Las partes pueden compelerse a otorgar la forma una vez intervenido el
consentimiento y requisitos esenciales.
c) Solo afecta a la prueba, no a la validez.
d) Se convierte en un contrato verbal automáticamente.
10.- ¿En qué casos el artículo 1280 CC exige obligatoriamente escritura
pública (entre otros)?
a) En todos los contratos de compraventa de bienes muebles.
b) Para la creación, transmisión o extinción de derechos reales sobre inmuebles,
y para arrendamientos de estos por más de seis años.
c) Solo para donaciones superiores a 1.000 euros.
d) Nunca, ya que prevalece siempre la libertad de forma.