1: ¿Cuál es el concepto
principal de las reservas hereditarias en el Derecho sucesorio español?
a) Un mecanismo para aumentar la legítima de los herederos forzosos.
b) Una institución que obliga a reservar ciertos bienes para transmitirlos
mortis causa a determinados parientes, limitando la libre disposición.
c) Un derecho exclusivo del testador para vincular bienes indefinidamente.
d) Una forma de sucesión contractual obligatoria.
2: ¿Cuáles son las dos clases principales de reservas reguladas en el Código
Civil español?
a) Reserva ordinaria (vidual) y reserva troncal (lineal del art. 811 CC).
b) Reserva vidual y reserva por ausencia.
c) Reserva lineal y reserva por donaciones.
d) Reserva ordinaria y reserva por legítima.
3: La reserva vidual u ordinaria (arts. 968 y ss. CC) se activa cuando:
a) Un ascendiente hereda bienes de un descendiente sin hijos.
b) El viudo o viuda que contrae nuevas nupcias tiene hijos del primer
matrimonio.
c) Se donan bienes a un hijo con condición de reversión.
d) Existe un ausente en la sucesión.
4: En la reserva lineal o troncal (art. 811 CC), los bienes reservables son
aquellos que el descendiente adquirió:
a) Por título oneroso de cualquier persona.
b) Por título lucrativo de un ascendiente o hermano, y luego heredados por el
ascendiente reservista.
c) Exclusivamente por donación inter vivos.
d) Solo inmuebles rústicos de la familia.
5: ¿Qué es el derecho de acrecer en el Derecho sucesorio?
a) El derecho a mejorar la porción de un heredero forzoso.
b) El incremento de la porción hereditaria de un coheredero por la parte vacante
de otro que no acepta o no puede heredar.
c) La sustitución automática por descendientes en caso de premoriencia.
d) La obligación de reservar bienes para el Estado.
6: Para que opere el derecho de acrecer en la sucesión testamentaria (art.
982 CC), NO se requiere:
a) Pluralidad de llamados conjuntamente a la misma herencia o porción.
b) Ausencia de designación especial de partes (por ejemplo, cuotas desiguales
específicas).
c) Que uno de los llamados premuera, repudie o sea incapaz.
d) La existencia obligatoria de sustitutos vulgares designados.
7: En la sucesión intestada, el derecho de acrecer:
a) Solo opera si hay testamento previo.
b) Siempre acrece la parte repudiada a los coherederos, salvo derecho de
representación en premoriencia.
c) Se excluye completamente.
d) Requiere autorización judicial expresa.
8: El Reglamento (UE) nº 650/2012, aplicable a sucesiones mortis causa con
elemento transfronterizo:
a) Regula solo las sucesiones de ciudadanos no europeos en la UE.
b) Establece reglas sobre competencia judicial, ley aplicable, reconocimiento de
resoluciones y crea el Certificado Sucesorio Europeo.
c) Es obligatorio para todos los Estados miembros, incluyendo Reino Unido y
Dinamarca.
d) Solo se aplica a bienes inmuebles.
9: Según el Reglamento (UE) 650/2012, la ley aplicable a la sucesión en su
conjunto es, por defecto:
a) La ley de la nacionalidad del causante.
b) La ley de la residencia habitual del fallecido al momento de la muerte.
c) La ley del lugar donde se encuentren la mayoría de los bienes.
d) La ley elegida obligatoriamente por los herederos.
10: Una novedad importante del Reglamento (UE) 650/2012 es:
a) La prohibición absoluta de elección de ley aplicable.
b) La posibilidad de que el causante elija la ley de su nacionalidad para regir
su sucesión (professio iuris).
c) La exclusión de los legados y legítimas del ámbito de aplicación.
d) La obligación de aplicar siempre la ley española en casos con bienes en
España.