1 El Cuerpo de Letrados de la
Administración de Justicia se configura en la LOPJ como:
a) Cuerpo técnico auxiliar dependiente de las CCAA
b) Cuerpo Superior Jurídico, único, de carácter nacional, al servicio de la
Administración de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia
c) Cuerpo de funcionarios generales sin funciones de autoridad
d) Cuerpo judicial equiparable a jueces y magistrados
2 Los Letrados de la Administración de Justicia ostentan, con exclusividad y
plenitud, la función de:
a) Dirección de los órganos judiciales
b) Fe pública judicial
c) Dictado de sentencias
d) Investigación penal
3 Una de las funciones principales de los Letrados de la Administración de
Justicia (art. 458 LOPJ) es:
a) Impulsar el proceso dictando resoluciones procesales (decretos, diligencias
de ordenación), salvo las reservadas a jueces/tribunales
b) Resolver el fondo de los asuntos
c) Nombrar jueces sustitutos
d) Gestionar solo el Registro Civil
4 Los puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de
Justicia se clasifican en:
a) Dos categorías
b) Tres categorías (ingreso por la tercera)
c) Cuatro categorías
d) Una única categoría nacional
5 El personal al servicio de la Administración de Justicia se clasifica en:
a) Solo cuerpos generales y cuerpos especiales
b) Cuerpos generales (Gestión Procesal, Tramitación, Auxilio Judicial), cuerpos
especiales (Médicos Forenses, Facultativos, Letrados de la Administración de
Justicia) y otros
c) Únicamente cuerpos de Letrados y Gestión
d) Cuerpos judiciales y administrativos sin distinción
6 Los principios que informan la Oficina Judicial (art. 435 y ss. LOPJ,
reformados por LO 1/2025) incluyen:
a) Jerarquía, división de funciones, coordinación y flexibilidad
territorial/jurisdiccional
b) Solo autonomía absoluta de cada juzgado
c) Centralización exclusiva en el Ministerio de Justicia
d) Ausencia de servicios comunes
7 Tras la LO 1/2025, la actividad de la Oficina Judicial se desarrolla
principalmente a través de:
a) Unidades procesales de apoyo directo a cada sección
b) Servicios comunes (de tramitación y otros), dirigidos por Letrados de la
Administración de Justicia
c) Solo servicios administrativos sin dirección letrada
d) Oficinas externas sin integración en Tribunales de Instancia
8 Los servicios comunes procesales (ej. registro y reparto, actos de
comunicación, ejecución, jurisdicción voluntaria) están dirigidos por:
a) Jueces o magistrados
b) Un Letrado Director de la Administración de Justicia, de quien dependen
funcionalmente los demás Letrados y personal
c) Personal de Auxilio Judicial exclusivamente
d) Secretarías de Gobierno autonómicas
9 El Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa colabora en:
a) Tareas procesales de nivel superior y realización de tareas procesales
propias
b) Solo funciones de auxilio material
c) Fe pública judicial exclusiva
d) Impulso del proceso como Letrados
10 En el nuevo modelo de Oficina Judicial (LO 1/2025), los servicios comunes
pueden:
a) Prestar servicios solo a una jurisdicción
b) Prestar servicios a órganos de una misma jurisdicción, varias jurisdicciones
o incluso a varios Tribunales de Instancia (flexibilidad)
c) No subdividirse en unidades inferiores
d) Ser dirigidos exclusivamente por personal no letrado