1.- ¿Cuál es el ámbito de
aplicación de la Ley 4/2015 del Estatuto de la Víctima del Delito?
a) Solo víctimas de delitos graves en España.
b) Víctimas de delitos ocurridos en España o perseguibles en España,
independientemente de nacionalidad, edad o residencia legal (art. 1).
c) Exclusivamente víctimas españolas en el extranjero.
d) Solo delitos contra la libertad sexual.
2.- ¿Qué concepto general de víctima adopta la Ley 4/2015?
a) Solo la persona física directamente perjudicada.
b) Víctima directa (persona física que sufre daño en persona o patrimonio) e
indirecta (familiares en casos de muerte/desaparición: cónyuge, hijos,
progenitores, etc.; art. 2).
c) Incluye solo víctimas indirectas.
d) Excluye a menores y discapacitados.
3.- ¿Cuáles son los derechos básicos de toda víctima según el art. 3 de la
Ley 4/2015?
a) Solo información y reparación.
b) Protección, información, apoyo, asistencia, atención, reparación,
participación activa en el proceso penal y trato respetuoso, profesional,
individualizado y no discriminatorio.
c) Exclusivamente participación en ejecución.
d) Derecho a anonimato total.
4.- ¿Qué derecho de participación en el proceso penal reconoce el art. 11 y
ss. de la Ley 4/2015?
a) Solo denunciar sin personarse.
b) Ejercer acción penal y civil, aportar prueba, recurrir sobreseimiento (20
días), participar en ejecución (recursos contra tercer grado, permisos, libertad
condicional en delitos graves).
c) No recurrir resoluciones de ejecución.
d) Limitado a fase de instrucción.
5.- Según la Ley 4/2015, ¿qué derecho tiene la víctima respecto a la justicia
restaurativa/mediación?
a) Prohibida en penal.
b) Acceso a servicios de justicia restaurativa si cumplen requisitos, informada
sobre ella desde primer contacto (art. 15).
c) Obligatoria en todos los delitos.
d) Solo en ejecución.
6.- ¿Qué introduce la Disposición Adicional Novena de la LO 1/2025 en materia
de mediación/ justicia restaurativa penal?
a) Prohíbe la mediación en penal.
b) Principios de voluntariedad, gratuidad, oficialidad y confidencialidad; juez
puede remitir de oficio o instancia a procedimiento restaurativo (salvo
excluidos), sin eximir diligencias indispensables en instrucción.
c) Obligatoria para delitos leves.
d) Solo para menores.
7.- ¿Cuáles son las medidas de protección a la víctima en el proceso penal
(Título III Ley 4/2015)?
a) Ninguna específica.
b) Evitar contacto con infractor, protección intimidad (puerta cerrada,
videograbación), evaluación necesidades, medidas especiales para vulnerables
(menores, discapacitados), acompañamiento en diligencias.
c) Solo en delitos leves.
d) Exclusivamente económica.
8.- ¿Qué regula el art. 14 de la Ley 4/2015 sobre reembolso de gastos y
costas?
a) No procede nunca.
b) Reembolso de gastos necesarios y costas con preferencia sobre Estado cuando
condena por iniciativa víctima (no acusación Fiscal o recurso contra archivo).
c) Solo costas del Estado.
d) Reembolso a cargo de la víctima.
9.- ¿En qué supuestos obliga la Ley 4/2015 al reembolso de ayudas recibidas
por la víctima (art. 35)?
a) Siempre.
b) Si condenada por denuncia falsa o simulación de delito: reembolso de
ayudas/subvenciones + gastos Administración + incremento 50% interés legal.
c) Solo si absuelven al acusado.
d) No hay obligación de reembolso.
10.- ¿Cómo se garantiza la participación de la víctima en la ejecución penal
según art. 13 Ley 4/2015?
a) Sin recursos posibles.
b) Recurso contra clasificación tercer grado (antes mitad condena en delitos
graves: homicidio, sexuales, terrorismo, etc.), permisos, libertad condicional;
interesar reglas conducta.
c) Solo notificación sin intervención.
d) Exclusiva del Fiscal.