titulo.: Permuta
autor.: TemasyTEST
Remitido el 03-02-26 a
las 09-39-03
En el TREBEP (Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre), la permuta no se regula de forma detallada ni exhaustiva como un procedimiento específico con requisitos concretos. Se menciona como uno de los posibles procedimientos o supuestos de provisión de puestos de trabajo y movilidad.La referencia principal está en el artículo 78.3, dentro del Capítulo III del Título V ("Provisión de puestos de trabajo y movilidad"):El artículo 78 regula los principios y procedimientos de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de carrera.
En su apartado 3 indica que las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo del Estatuto podrán establecer otros procedimientos de provisión en determinados supuestos, entre ellos las permutas entre puestos de trabajo (junto con movilidad por motivos de salud, reingreso al servicio activo, etc.).
Texto literal aproximado del apartado 3:
«Las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo del presente Estatuto podrán establecer otros procedimientos de provisión en los supuestos de movilidad a que se refiere el artículo 81.2, permutas entre puestos de trabajo, movilidad por motivos de salud o rehabilitación del funcionario, reingreso al servicio activo, cese o remoción en los puestos de trabajo y supresión de los mismos.»Por tanto, el TREBEP habilita o contempla la permuta como figura posible, pero remite su desarrollo concreto a las normas sectoriales o leyes de Función Pública de cada ámbito (Administración General del Estado, autonómicas o locales). Por ejemplo:En la AGE, suele remitirse a normativa antigua como el art. 62 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado (Decreto 315/1964).
En comunidades autónomas o entidades locales, se regulan en sus propias leyes o decretos (ej. en Andalucía, Ley 5/2023 y desarrollos posteriores).
Si buscas la regulación detallada para un ámbito concreto (por ejemplo, estatal, autonómico o local), dime cuál es y puedo orientarte más precisamente. El texto completo actualizado del TREBEP lo tienes disponible en el BOE.¡Un saludo!
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