titulo.: 🖨 El TRECE [13] de ABRIL comienzan los EXAMENES del SESCAM (Servicio de Salud de Castilla La Mancha)
autor.: TemasyTEST
Remitido el 29-02-24 a
las 09-11-28
Sí, es cierto. El 13 de abril de 2024 darán comienzo los exámenes de la Oferta Pública de Empleo (OPE) del SESCAM.
Los exámenes comenzarán con las pruebas correspondientes a las categorías de Fisioterapia, Técnico Superior de Medicina Nuclear, Técnico Superior Sanitario de Radioterapia, Cocinero y Calefactor.
titulo.: ✅ Importante Oportunidad de Empleo para Técnicos Auxiliares en Cuidados de Enfermería
autor.: Opositor/ra
Remitido el 29-02-24 a
las 12-11-13
Hoy se han publicado 42 plazas en la Diputación de Alicante Falta que aparezca en el BOE para que podáis echar la instancias
titulo.: ✅ Actualización Temarios :: La reforma del artículo 49 de la Constitución
autor.: TemasyTEST
Remitido el 01-03-24 a
las 05-21-04
El 17 de febrero se 2024 se publicó la Reforma del artículo 49 de la Constitución Española, de 15 de febrero de 2024.
La Constitución Española de 1978 consagra la dignidad de la persona y el libre desarrollo de la personalidad como claves de bóveda de nuestro Estado social y democrático de Derecho. Una de las plasmaciones concretas de esta configuración es su artículo 49, dedicado específicamente a la protección de las personas con discapacidad.
Este precepto situó en su día a España en la vanguardia de la protección de este colectivo, al reconocerles expresamente la plenitud de los derechos previstos en el Título I de la Constitución y establecer un mandato de protección dirigido a todos los poderes públicos. Por otra parte, el mencionado artículo ha desplegado una notable influencia en la actuación de los poderes públicos y ha sido objeto de un considerable desarrollo legislativo.
En los últimos años, la protección de las personas con discapacidad se ha visto impulsada por el Derecho Internacional y tiene como eje central el contenido de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, ratificada por España el 3 de diciembre de 2007 y en vigor desde el 3 de mayo de 2008.
Durante los últimos años se ha producido la adaptación de legislación interna, tanto la estatal como la autonómica, a la normativa internacional. Esa tarea se ha plasmado particularmente, a nivel nacional, en la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y en el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. Más recientemente, en la Ley Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, para la modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad y en la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
Paralelamente, la sociedad civil articulada en torno a las personas con discapacidad ha venido planteando a los poderes públicos la necesidad de acomodar el artículo 49 de la Constitución a la realidad social y a la normativa internacional. En este ámbito, tiene una relevancia fundamental la tarea realizada por las organizaciones representativas, que desempeñan un papel esencial en el cumplimiento de las obligaciones que la Constitución y las leyes imponen a los poderes públicos. Asimismo, en el seno de la sociedad española avanza claramente el reconocimiento de las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad.
En el contexto descrito, resulta patente que la redacción original del artículo 49 de la Constitución Española de 1978, que plasmó el compromiso del constituyente con los derechos y libertades de las personas con discapacidad, precisa de una actualización en cuanto a su lenguaje y contenido para reflejar los valores que inspiran la protección de este colectivo, tanto en el ámbito nacional como internacional.
Por todo ello, resulta necesario proceder a la reforma del artículo 49 de la Constitución, de manera que este precepto vuelva a ser referencia para la protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad en España.
Artículo único.
El artículo 49 de la Constitución Española queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 49.
1. Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio.
2. Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad.»
Disposición final única.
La presente reforma del artículo 49 de la Constitución Española entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el «Boletín Oficial del Estado». Se publicará también en las demás lenguas de España.
titulo.: ✅ Temario COMPLETO y GRATIS para Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Sevilla
autor.: Opositor/ra
Remitido el 05-03-24 a
las 05-46-26
TEMARIO COMPLETO GRATIS AUXILIARES ADMINISTRATIVOS AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
titulo.: 🔴 Examen AGENTES DE HACIENDA PUBLICA el próximo VEINTE [20] de Abril
autor.: TemasyTEST
Remitido el 08-03-24 a
las 07-45-46
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, en la disposición decimoquinta de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y en la base específica 2.2 de la Resolución de 29 de diciembre de 2023, por la se convoca proceso selectivo para ingreso, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública,
Esta Presidencia resuelve:
Primero.
Aprobar las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos al citado proceso selectivo, que figuran como anexos I.1, I.2, I.3, II.1, II.2 y II.3 de la presente resolución.
Las relaciones de opositores admitidos, se publicarán en la dirección de Internet https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/trabajar-agencia-tributaria.html, en el Punto de Acceso General https://administracion.gob.es/ y en el Portal del empleado público Funciona https://sede.funciona.gob.es/
Segundo.
Publicar la relación de los aspirantes excluidos a dicho proceso que figuran como anexos I.3 y II.3 de esta resolución, con expresión de las causas de exclusión.
Conforme a lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995 antes citado, tanto las personas excluidas, como las omitidas por no figurar en las relaciones de admitidos ni en las de excluidos, disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y en forma, todos los aspirantes comprobarán fehacientemente no solo que no figuran recogidas en las relaciones de excluidos, sino que, además, sus datos figuran correctamente en las relaciones de admitidos.
Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen las causas de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en las relaciones de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso.
Tercero.
La resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de admitidos y excluidos, una vez subsanadas las causas de exclusión o estimadas las alegaciones de los interesados, se hará pública por los medios enumerados en el apartado primero de esta resolución.
Cuarto.
De acuerdo con lo previsto en la base específica 2.4 de la convocatoria de este proceso selectivo, se acuerda la ampliación en un mes y medio del plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de la convocatoria, para la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.
Quinto.
Se convoca a los aspirantes admitidos por el turno de acceso libre a la realización del primer ejercicio el día 20 de abril de 2024, a las 10:00 horas (09:00 horas en Santa Cruz de Tenerife), en los lugares que se indican en el anexo III.1 de esta resolución.
Los aspirantes admitidos en el turno de promoción interna que accedan por el modo de acceso R (sin reserva del primer ejercicio) quedan convocados a la realización del primer ejercicio el día 11 de mayo de 2024, a las 10:00 horas (09:00 horas en Santa Cruz de Tenerife) en los lugares que se indican en el anexo III.2 de esta resolución.
Sexto.
Los aspirantes deberán ir provistos del documento nacional de identidad o documento que acredite su identidad y del justificante de la presentación de la solicitud.
Séptimo.
Dentro del marco establecido por las bases y demás normas reguladoras de la citada convocatoria, se autoriza al tribunal titular y suplente para su actuación simultánea.
Octavo.
El anexo IV de la Resolución de 29 de diciembre de 2023 se modifica en el sentido siguiente:
Donde indica el nombre del vocal del tribunal calificador titular: «Francisco Cid González», debe señalar: «Francisco Antonio Cid González».
Donde indica el nombre de la vocal del tribunal calificador suplente: «Teresa Jesús Aldea Montero», deba señalar: «Teresa de Jesús Aldea Montero».
Estas modificaciones no reabren el plazo de presentación de solicitudes.
Madrid, 1 de marzo de 2024.–El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P.D. (Resolución de 9 de mayo de 2022), la Directora del Departamento de Recursos Humanos, Marta Somarriba Victoria.
titulo.: necesito supuestos
autor.: Opositor/ra
Remitido el 09-03-24 a
las 08-46-00
Agradecería cualquier supuesto práctico sobre funciones de subalternos, conserjes, ordenanzas,... . Me hacen falta urgentemente.
titulo.: ERROR EN EL ✅TEST para HOY NUEVE [9] de Marzo que se celebra ... 🔢 EL DIA DE LA TORTILLA DE PATATAS
1. ¿Qué tipo de cebolla se debe usar en la tortilla española?
a) Por supuesto ninguna y quien diga lo contrario miente como un bellaco
b) Cebolla morada
c) Cebolleta
d) Cebolla blanca
LA TORTILLA DE PATATAS ES CON CEBOLLA BLANCA !!!!!!!!!
titulo.: ¿en que se diferencia el dominio directo del dominio útil?
autor.: Invitad@
Remitido el 10-03-24 a
las 09-43-12
Juanjo pon algún ajemplo. GRacias
titulo.: Convocadas cincuenta y cuatro plazas de Auxiliar de Producción de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
autor.: Opositor/ra
Remitido el 10-03-24 a
las 06-09-12
La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial, convoca pruebas de selección para cubrir cincuenta y cuatro plazas de Auxiliar de Producción (nivel 4), en la plantilla de la Dirección Industrial (centro de trabajo de Madrid), en régimen de contrato laboral en la modalidad de fijo.
Este 2026 ya
llevamos convocadas
12,709 plazas en
963 Oposiciones y se han abierto
7
Bolsas de Trabajo
[hoy 49
plazas en 32 Oposiciones con apertura de
0 Bolsas]